
Santo Domingo, D.N. – El Tribunal Constitucional (TC) de la República Dominicana ha emitido una sentencia histórica que elimina las sanciones penales contra miembros de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas por sostener relaciones sexuales consensuadas con personas del mismo sexo.
Inconstitucional
El fallo, según reportan medios como Diario Libre y La Nación, declara «no conformes a la Constitución» y ordena la «expulsión del ordenamiento jurídico» de los artículos 210 del Código de Justicia de la Policía Nacional (Ley 285) y 260 del Código de Justicia de las Fuerzas Armadas (Ley 3483).
Los magistrados del TC determinaron que estas disposiciones eran «ostensiblemente inconstitucionales» y que:
• Discriminaban de manera injustificada a las personas por su orientación sexual.
• Violaban el principio de razonabilidad.
• Afectaban la intimidad, el libre desarrollo de la personalidad y el derecho al trabajo de los funcionarios.
Anteriormente, estas normas definían la «sodomía» como el «concúbito entre personas de un mismo sexo» y establecían penas de prisión correccional que iban de dos a seis meses para alistados y de seis meses a dos años para oficiales.
Un Precedente
Los abogados accionantes en el proceso, Anderson Javiel Dirocie De León y Patricia M. Santana Nina, han señalado que esta sentencia (TC/01225/25) es vinculante y de cumplimiento obligatorio para todos los poderes e instituciones del Estado.
La decisión fue respaldada por la Procuraduría General de la República y el Senado, aunque contó con algunos votos disidentes que cuestionaron la necesidad de la sentencia, argumentando que las normas ya habían sido derogadas tácitamente.